La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) advirtió ayer de que el impacto del cambio retributivo del régimen especial (renovables, cogeneración y residuos) «varía acusadamente» entre tecnologías.
En un informe publicado ayer, la CNMC subraya que «se distinguen tantas categorías (retributivas) como circunstancias normativas históricas y años hayan transcurrido», por lo que «esta clasificación conlleva que las distintas instalaciones se vean afectadas de forma dispar».
El Gobierno ha planteado un nuevo esquema retributivo para el régimen especial que prevé sustituir el antiguo sistema de primas por una retribución razonable a lo largo de la vida útil de la planta, aplicada sobre unos determinados parámetros de inversión fijados por el Ejecutivo.
De acuerdo al informe, al que se han presentado más de 600 alegaciones, el nuevo sistema permitirá ahorrar unos 1.700 millones de euros al año, en línea con los 1.750 millones previstos por el Gobierno, «siempre que se cumplan las hipótesis incluidas en la propia propuesta».
Sin embargo, este impacto es desigual.
Según los cálculos de la CNMC, el recorte global es del 19,24 % aunque con grandes diferencias, con un impacto más acusado para la pequeña hidráulica (92,6 %), el tratamiento de residuos (38,94 %), residuos (37,4 %), la eólica (33,72 %), solar fotovoltaica (13,23 %), solar termoeléctrica (12,92 %) y cogeneración (10,41 %), mientras que la biomasa eleva sus pagos en un 4,77 %.
El informe advierte de que «echa en falta» la justificación de los motivos por los que la vida útil regulatoria de las instalaciones de determinadas tecnologías ha sido extendida o la metodología utilizada para calcular los precios de mercado de los próximos años.
Además, identifica aspectos «llamativos» como «el incremento en la retribución de determinadas instalaciones en un contexto de ajuste» o «casos singulares» en los que el parámetro de una instalación «no coincide con la esperable».
La Comisión también señala que el recorte «no es atribuible con carácter general a la aplicación de ratios de inversión bajos, sino al establecimiento de una tasa de rentabilidad menor» a la del esquema retributivo previo.