El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que crea un mecanismo de compensación de los costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidas en los precios de la electricidad, del que podrán beneficiarse las instalaciones pertenecientes a ciertos sectores industriales expuestos a un riesgo significativo de deslocalización por la desventaja competitiva derivada del mayor coste medioambiental («fuga de carbono»).
El mecanismo busca evitar que un beneficiario esté expuesto a un riesgo significativo de fuga de carbono, cuando sus competidores de terceros países no se enfrentan a los mismos costes de CO2 en los precios de la electricidad y cuando dicho beneficiario no puede repercutir esos costes en los precios del producto sin perder una parte significativa del mercado.
Según argumenta el Ejecutivo, desde el punto de vista comercial, la norma afectará positiva y directamente a la competitividad exterior de la industria española, al contribuir a equilibrar las cargas derivadas de una adecuada protección ambiental con respecto a Estados no comprometidos con el Protocolo de Kioto y a incrementar las exportaciones industriales, especialmente en aquellos productos en riesgo de «fuga de carbono». El ámbito de aplicación temporal se limita a las subvenciones que se convoquen para 2015.
El Real Decreto fija, en primer lugar, los parámetros y método de cálculo de los costes subvencionables y la determinación del importe máximo de la ayuda que podrá abonarse por instalación. Los beneficiarios de dichas subvenciones serán ciertas industrias químicas, metalúrgicas, papeleras y algunas subsectores del sector de la fabricación de primeras materias plásticas.
Además, regula el procedimiento de gestión de dichas ayudas y determina que el órgano competente para instruir y convocar el procedimiento será la Dirección General de Industria y de la Pyme, mientras que la resolución corresponde al ministro de Industria, Energía y Turismo. Se establece la tramitación electrónica obligatoria en todas las fases del procedimiento.
Asimismo, regula la composición de la correspondiente Comisión de Evaluación, que será presidida por la secretaria general de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, así como el régimen jurídico aplicable a la misma.