Fuente: El Economista
José Salmerón, presidente de la Asociación de Representantes en el Mercado Ibérico de Electricidad (ARMIE), escribe en la revista «Energía» de El Economista:
Decenas de páginas de información y opinión sobre el sector eléctrico y sus problemas se han vertido en la prensa en los últimos meses. Las medidas para acabar con el déficit de tarifa, la utilización subvencionada de carbón nacional para la producción de electricidad, la baja utilización de los ciclos combinados o la posible reforma del mercado de electricidad han sido temas recurrentes para las diferentes partes afectadas por las reformas.
La mayor parte del análisis se ha centrado en revisar la parte regulada de la factura eléctrica, que se añade al coste de la energía, y viene a suponer aproximadamente algo más de la mitad del precio pagado por el consumidor, sin incluir impuestos.
Si la corrección de la insuficiencia de los ingresos para pagar todos los costes que no forman parte del precio de la energía es importante, para poder asegurar la viabilidad del sector no lo es menos corregir cómo se forma el precio de la electricidad que paga el consumidor, la otra parte de la factura, para intentar que los beneficios de la competencia en el mercado mayorista se trasladen al consumidor de electricidad.
¿Cuál es el mercado mayorista en el que se fijan los precios de la electricidad que se trasladan al consumidor, ya sea libre o a tarifa de último recurso? Cuando un suministrador de electricidad establece el precio de la energía que deberá pagar un cliente/consumidor para su consumo eléctrico de, pongamos, el año 2014, fijará el precio de la energía en un 85-90 por ciento, con el precio al que el mercado de electricidad a plazo ofrezca energía para todo el periodo, probablemente comprando la electricidad en noviembre o diciembre de 2013 —en el caso de la comercialización de último recurso, la energía se compra trimestralmente en las subastas Cesur de libre concurrencia en la venta—.
El resto del coste de la energía provendrá de los ajustes que deba realizar el comercializador en el mercado diario, para adaptar la cantidad contratada a plazo a la energía que prevea que el consumidor vaya a utilizar en cada hora, y del coste de los servicios de regulación y desvíos que permitan a Red Eléctrica mantener la seguridad del sistema y hacer posible que la electricidad llegue al consumidor.
Todos los mecanismos que forman el precio de la “parte no regulada”, descrita en el párrafo anterior, son mercados en competencia, de demanda y oferta. Si bien no tengo dudas de la competencia entre generadores por suministrar o entre comercializadores por comprar electricidad, me parece claro que no existe igualdad de competencia entre la oferta y la demanda.
Me explico: la mayor parte del suministro, tanto de último recurso como la comercialización libre, ha de adquirir la energía a plazo para fijar el precio del abastecimiento a los clientes; por el contrario, aproximadamente solo el 60 por ciento de la generación debe vender su energía a plazo para intentar fijar el margen entre sus costes y su precio de venta, el régimen ordinario o generación convencional.
El resto de la generación, el 40 por ciento generado por el régimen especial, que incluye cogeneración, tratamiento de residuos y renovables, tiene fijado un precio de venta, la tarifa, y no debe, ni puede, vender su energía a plazo.
El efecto de lo anterior es que el precio de la electricidad contratada a plazo, que utilizan todas las comercializadoras para fijar los precios de suministro a los consumidores, lleva implícito un coste adicional por la escasez de oferta.
El consumidor está pagando un precio superior debido a que la generación de régimen especial no compite en la venta de generación a plazo, al tener el precio de venta garantizado por la tarifa reconocida en la normativa y a la que está obligado a vender.
Si pensamos que la liberalización y la competencia de los mercados establece, de la manera más eficiente posible, el precio de los bienes y servicios, y que su pago directo por los consumidores repartirá de manera eficiente los recursos disponibles entre sectores, debemos evolucionar a un sistema en el que el régimen especial tenga incentivos para vender energía a plazo –con un esquema de precio de mercado más prima fija o realizando subastas de energía a plazo- y ajustar, adicionalmente, su energía de una manera eficiente a las últimas previsiones horarias de generación en el mercado diario de la electricidad.
De esta manera, conseguiremos que el prcio que paga el consumidor refleje un equilibrio entre el cien por cien de la demanda y oferta en el mercado de compraventa de electricidad a plazo, así como fijar la mayor parte del coste de las primas de régimen especial ex ante, permitiendo realizar un presupuesto de ingresos y gastos del sistema que se pueda cumplir.