Fuente: El Economista
El Ministerio de Energía prepara una amplia agenda legislativa para este año. El departamento que dirige Álvaro Nadal aprobará, al menos, 13 reales decretos que desarrollarán la reforma energética.
El Gobierno quiere poner coto al comportamiento fraudulento de algunas comercializadoras de electricidad y combatir los fraudes en hidrocarburos, pero modificará también la retribución de Red Eléctrica y clarificará el reparto del superávit eléctrico. Estas son las medidas que prepara:
1. Real decreto para establecer el procedimiento de acceso y conexión a las redes. Esta medida permitirá establecer los procedimientos de solicitud y concesión de los permisos de acceso a un punto de las redes de transporte y distribución. Se establecerán los criterios técnicos, de seguridad y se abordará la resolución de un problema que mantiene en tensión al sector de las renovables desde hace tiempo al abordar la caducidad de los permisos de acceso y conexión concedidos antes de la entrada en vigor de la Ley del sector eléctrico.
2. Metodología de aplicación del superávit eléctrico. El Gobierno regulará el reparto del superávit de ingresos que pudieran resultar de las liquidaciones del sector eléctrico, tal y como preveía la ley de modo que pueda destinarse a amortizar deuda.
3. Metodología para determinar los criterios de facturación de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución que deben satisfacer los productores. El objetivo de este real decreto es establecer una metodología de facturación homogénea de los peajes de acceso que deben satisfacer los productores de energía eléctrica teniendo en cuenta las particularidades de conexión de estas instalaciones a la red, sus instalaciones y sus niveles de seguridad. La medida tiene importancia para los autoconsumidores de electricidad.
4. Marco de contratación y suministro de energía eléctrica, protección contra el fraude y autorización de instalaciones. Una de las medidas estrella para este año será ésta, ya que regulará el marco de contratación y suministro de energía eléctrica, se impondrán medidas para evitar el fraude en el suministro eléctrico y los comportamientos fraudulentos por parte de las comercializadoras, así como el procedimiento de autorización de instalaciones eléctricas (instalaciones de producción y líneas eléctricas) competencia del Estado.
5. Retribución de Red Eléctrica y de Omie. El Ministerio fijará una metodología para retribuir al operador del sistema (REE) y al operador de mercado (Omie) conforme a los principios de la ley en función de los servicios que presten. Se financiarán con base a los precios que cobren a los agentes o sujetos del sistema. Además, para REE podrá haber incentivos positivos y negativos, para la reducción de costes del sistema derivados de la operación de los servicios de ajuste, de la mejora de las previsiones u otros objetivos.
6. Procedimiento de liquidación en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares. La situación especial en los territorios no peninsulares cuyos extracostes de generación procedentes de instalaciones con diferentes regímenes de retribución (régimen retributivo adicional y específico) y partidas de ingresos procedentes tanto de peajes y cargos como de Presupuestos hace necesario un procedimiento diferente del establecido en la Península para el resto de actividades con retribución regulada.
7. Procedimiento de liquidación de los ingresos y costes del sector eléctrico. El proyecto establece el procedimiento general de liquidaciones para repartir los fondos ingresados por los distribuidores y el transportista, así como de las restantes partidas de ingresos entre quienes realicen las actividades incluidas en el sistema, atendiendo a la retribución que legalmente les corresponda.
8. Calidad del suministro eléctrico. El Gobierno impondrá una nueva norma de calidad que además de medir la duración de los cortes a la distribución y a los consumidores directamente conectados a la red de transporte, tenga en cuenta la calidad en la atención y relación con el cliente, relativa al conjunto de actuaciones de información, asesoramiento, contratación, comunicación y reclamación.
9. Reglamento sobre seguridad en instalaciones nucleares. Se establecen los requisitos básicos de seguridad nuclear aplicables a las instalaciones nucleares durante todo su ciclo de vida, con el fin de garantizar un alto nivel de seguridad. Supone la trasposición de la directiva 2014/87/ Euratom.
10. Control y recuperación de fuentes radiactivas huérfanas. Se impondrán normas de con- trol, gestión y recuperación de las fuentes radiactivas huérfanas, a fin de evitar la exposición de los trabajadores y del público.
11. Comercialización de gas natural. El real decreto desarrolla las relaciones entre las gasistas y los consumidores, incluyendo la regulación de las acometidas y demás actuaciones necesarias para un nuevo suministro, los contratos de suministro, los derechos de los consumidores, la responsabilidad de las empresas distribuidoras y las comercializadoras en relación al suministro, y las causas de suspensión.
12. Lucha contra el fraude en el sector de los hidrocarburos. Revisar los requisitos exigidos para la actividad de operador al por mayor y mejorar los procedimientos de comprobación de los requisitos para ejercer la actividad. Desarrollar nuevos mecanismos para luchar contra el fraude en el sector de hidrocarburos.
13. Real decreto sobre disposiciones de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino. Se establecen disposiciones de seguridad en la exploración y explotación de hidrocarburos en medio marino, en lo relativo a los informes de riesgos graves, los planes internos y externos de emergencia, la política corporativa, el sistema de gestión de seguridad y el medio ambiente y los procedimientos de comunicación y autorización. De este modo se traspone la directiva 2013/30/UE.