Uno de los proyectos de real decreto remitido por el equipo del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (Minetur) a la Comisión Nacional de Energía (CNE) la semana pasada para su examen contenía los umbrales mínimos de renta para poder solicitar o mantener el bono social. De esta manera, los usuarios que podrán acogerse a esta tarifa que permanece congelada desde 2009 serán aquellos que tengan una potencia contratada inferior a 3 kW; los que superen los 60 años y cuenten con una pensión mínima; las familias numerosa o aquellos que formen parte de una unidad familiar con todos los miembros en paro. Pero a estas condiciones personales se les añaden nuevos requisitos, ya que se establece una renta mínima por debajo de la cual no se tendrá derecho a la tarifa social: el 120 % del salario mínimo interprofesional o SMI (esto es, 10 841 euros al año) para una primera persona de la familia; el 70 % para una segunda persona con ingresos (7588 euros al año) y el 50 % del SMI (5420 euros al año) para terceras y siguientes. Así las cosas, solo podrán beneficiarse del bono social las familias de cinco miembros o más cuya renta anual conjunta no supere los 34 689 euros.
Estos topes permitirán al Gobierno disminuir notablemente el coste del bono social que, a partir de ahora, volverá a ser financiado por las eléctricas (en el segundo semestre, supondrá unos 180 millones de euros). Esto será posible porque el número de beneficiarios que podrá acogerse a esta figura pasará de los tres millones que hay en la actualidad a poco más de un millón y medio, según los cálculos elaborados por los expertos del sector. Además, el bono no estará ligado al número de miembros de la familia ni únicamente a la renta.
De este modo, una familia con escasos ingresos pero que no se encuadre en las situaciones personales exigidas (por ejemplo, que no sea pensionista; ni tenga menos de 3 kW contratados; que no sea familia numerosa aunque tenga dos hijos; ni estén todos sus miembros en paro, aunque lo estén casi todos) seguirá sin derecho al descuento del bono social, aun siendo un consumidor vulnerable.
Además, dicho descuento (el que se deriva de la congelación de la factura eléctrica desde julio de 2009) se va a reducir pues se actualizará en un 3,41 %, el porcentaje en que ha subido el salario mínimo desde 2009. En los seis meses siguientes a la entrada en vigor del RD, los usuarios que reúnan los requisitos deberán solicitarlo a la compañía eléctrica cumplimentando un cuestionario y entregando la declaración de la renta. Asimismo, se permite a Hacienda comunicar a la eléctrica correspondiente, «sin consentimiento del interesado», si se cumplen dichos mínimos. La normativa añade que no se detallarán a las empresas los datos de renta, sino simplemente si se superan esos límites.
Por su parte, la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) ha mostrado su rechazo al establecimiento de estos límites de renta que dejarían fuera de esta tarifa a un «porcentaje considerable» de familias con tres o más hijos, que deberán afrontar un importante incremento de la factura eléctrica.
La partida del bono social tiene actualmente un coste de unos 200 millones de euros. En 2012, una sentencia del Supremo obligó a cargar esta partida a la parte regulada de la tarifa eléctrica, aunque con la entrada en vigor de la nueva normativa serán de nuevo las eléctricas las que hagan frente a este coste.
La nueva factura eléctrica concretará el dinero que se destina a renovables
Por otra parte, el Minetur también ha remitido a la CNE para su estudio la propuesta que recoge el detalle de cómo será la nueva factura de la electricidad, en la que se deberá especificar, entre otros aspectos, qué cantidad se destina a cada uno de los componentes regulados del sistema (incentivos a las renovables, transporte o distribución, entre otros) y a impuestos, estatales y autonómicos. Asimismo, la nueva factura deberá concretar también si la lectura ha sido real o estimada, el origen de la electricidad o el impacto ambiental del consumo, junto a todos los datos de la empresa comercializadora y sus vías de atención al cliente. Todos estos cambios forman parte de la reforma eléctrica emprendida por el Gobierno para frenar la generación del déficit de tarifa, el desfase que se produce al ser los ingresos vía factura eléctrica insuficientes para cubrir los costes del sistema y que actualmente supera los 26 000 millones de euros.
Además de los datos del contrato (el código del punto de suministro, la póliza del contrato de acceso y los datos para el cálculo de dicha tarifa), la comercializadora de último recurso deberá informar a su cliente, entre otros, que es libre para irse al mercado libre y detallar la lista de comercializadoras que hay en el mercado. Habrá varios tipos de factura; para los consumidores acogidos al nuevo precio voluntario para el pequeño consumidor (la antigua TUR para menos de 10 kW de potencia que ahora se llama de suministro de referencia) con bono social, para estos mismos sin derecho a bono y para usuarios que sin derecho al precio voluntario carezcan transitoriamente de un contrato (los organismos morosos de la Administración).