Fuente: El Economista
Naturgy, la antigua Gas Natural Fenosa, ha logrado doblarle el brazo de nuevo al Gobierno en los tribunales. El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso que la gasista interpuso contra los peajes de la electricidad de 2016.
El Supremo anula el el artículo 5 de dicha Orden, en cuanto fija para 2016 la partida correspondiente para la parte recurrente en la financiación del déficit de 2013 y el artículo 8 de la misma Orden, en cuanto establece el incentivo o penalización de reducción de pérdidas de la parte recurrente correspondiente a la retribución de 2015, asociado a pérdidas de la red del año 2013.
De este modo, el alto tribunal ordena a la Administración a que calcule de nuevo los intereses correspondientes a las cantidades aportadas por la parte recurrente para la financiación del déficit de 2013, desde la fecha de su respectiva aportación; y la diferencia respecto de la parte recurrente entre las cantidades resultantes del incentivo o penalización por reducción de pérdidas correspondiente a la retribución de la distribución de 2015, asociada a los niveles de pérdidas de la red de 2013, recogido en la Orden impugnada y las que resulten de la aplicación del criterio horario para el cálculo del incentivo o penalización allí donde disponga de tal información.
La gasista logra así que se le reconozca el derecho de la parte recurrente al pago de las cantidades resultantes de los cálculos indicados con los intereses que correspondan, desde la fecha de interposición del presente recurso, y en el segundo desde la fecha en que la recurrente efectuó el pago de la penalización por pérdidas del año 2013.
El Supremo, por contra, desestima la pretensión de resarcimiento por los costes de financiación del déficit de 2005 y del déficit correspondiente a las anualidades cedidas a FADE.